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Composición y periodicidad del Congreso
El Parlamento colombiano es bicameral, es decir, está compuesto por 2 cámaras, el Senado y la Cámara de Representantes, que sesionan siempre por separado. Sólo se reúnen conjuntamente el día de la posesión presidencial y cuando eligen al Contralor General de la República, reciben a otros jefes de Estado o en caso de que tenga que elegir Vicepresidente de la República si el elegido por el pueblo cesó sus funciones. En tales reuniones conjuntas, muy esporádicas, el Presidente del Senado y el de la Cámara serán presidente y vicepresidente respectivamente del Congreso.
ComposiciónActualmente la Cámara tiene 165 representantes, incluyendo 2 en circunscripción especial de comunidades indígenas, 2 en circunscripción especial de comunidades negras y 1 en representación de los colombianos en el exterior. La Cámara de Representantes tiene 2 representantes por cada circunscripción territorial (cada departamento o distrito) y 1 más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 125.000 que el departamento tenga en exceso sobre los primeros 250.000. El Senado está compuesto por 102 miembros. De ellos, 100 son elegidos por circunscripción nacional y 2 en circunscripción especial por comunidades indígenas.
Periodo de ElecciónEl Congreso es elegido para un periodo de 4 años y se reúne en sesiones ordinarias durante dos periodos por año. Los dos periodos de sesiones constituyen una legislatura. El primer periodo de sesiones comienza el 20 de julio y termina el 16 de diciembre. El segundo periodo comienza el 16 de marzo y termina el 20 de junio.
Organzación AdministrativaCada cámara se organiza internamente de la siguiente manera: Una Mesa Directiva conformada por Presidente y dos Vicepresidentes, que se reemplaza cada año y Comisiones Permanentes, que se ocupan cada una de un tema específico.
¿Cuáles son las funciones del Congreso?El Congreso cumple varias funciones según la Constitución y las leyes. Dentro de estas funciones podemos encontrar las siguientes:
• Función constituyente. Esta función es la que le permite al Congreso realizar reformas a la Constitución Política mediante un tipo de proyectos denominados “actos legislativos”.
• Función legislativa. Se dice que ésta es la primera función del Congreso y por medio de ella elabora las leyes, las interpreta, las reforma o en algunos casos las deroga.
• Función de control político. Ésta es otra de las funciones del Congreso y por medio de ella el Congreso puede llamar e interrogar a los ministros y demás autoridades a fin de conocer sus actuaciones dentro del cargo y las acusaciones que se les formulen.
• Función judicial. El Congreso también puede ejercer una función jurisdiccional en forma excepcional para juzgar, desde el punto de vista político, a los altos funcionarios del Estado.
• Función electoral. Aunque te pueda sonar extraño, el Congreso también tiene una función electoral, ya que le corresponde elegir al Contralor General de la República, Procurador General de la Nación, Magistrados de la Corte Constitucional y de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al Defensor del Pueblo, así como al Vicepresidente de la República cuando hay falta absoluta de este.
• Función administrativa. Esta función la ejerce el Congreso al interior cuando establece la organización y funcionamiento del Congreso Pleno, el Senado y la Cámara de Representantes.
• Función de control público. Esta función le da la oportunidad al Congreso de llamar a cualquier persona para que rinda declaraciones sobre asuntos o hechos que investiguen las comisiones.
• Función de protocolo. Esta función se da cuando se reciben jefes de estado o de gobierno de otras naciones.